Aún, aquellos accidentes “in itinere”, es opinar, aquellos sufridos por el trabajador al ir y retornar de éste. Sin embargo, para que sea catalogado de esta modo, se requiere de lo sucesivo: que el accidente ocurra en el camino de ida o Reverso; que no se generen interrupciones entre el https://rogerb691gja4.bloggactif.com/profile